MÈXICO 9 MAYO 2017 (CIU).- En días recientes entró en vigor la Disposición Técnica IFT-011-2017 por la que los fabricantes de equipos terminales móviles que ya cuentan con receptor de señales de radio FM, deberán habilitarlo.
Al respecto, la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y Televisión (CIRT) y la Federal Communications Commission (FCC, órgano regulador de las comunicaciones en EE.UU.) manifestaran que la mayoría de los smartphones cuentan con un “chip” que permite captar radio en FM, pero que en la actualidad son pocos los dispositivos en operación que tienen el chip activo.
Cabe destacar que este ordenamiento no obliga a que los fabricantes de equipos móviles incorporen esta capacidad tecnológica para recibir las frecuencias de radio FM, sino que aquellos que ya cuentan con el chip receptor sea activado para efectivamente sintonizar estaciones.
Esto busca que los poseedores tanto de smartphones como de feature phones puedan acceder a contenidos radiofónicos en vivo y de forma gratuita, sin la necesidad de emplear sus datos móviles o estar conectados a una red WiFi.
En un contexto de una demanda manifiesta por el consumo de contenidos audiovisuales, son reveladas en el mercado esas preferencias por contenidos radiodifundidos.
Por ejemplo, de acuerdo con estadísticas del IFT (https://goo.gl/ugzvAr), 40% de los mexicanos escuchan al menos una estación de radio y 17% lo hace a través de un teléfono celular. Todo esto, aunado al hecho que la radio tradicional sigue siendo una de las principales fuentes de acceso a contenidos informativos, culturales, educativos y musicales.
Conviene aquí preguntarnos, qué efectos son previsibles a partir de esa medida. La referida apertura tecnológica deberá estimular la competencia al interior del mercado de contenidos radiodifundidos, por ejemplo, musicales e informativos, a la vez de maximizar el bienestar del consumidor al contar con una mayor oferta de contenidos en la palma de su mano.
Sin lugar a dudas esta posibilidad de acceder a los contenidos radiofónicos a través de una base creciente de smartphones (90.7 millones al cierre de 2016, 17.3% más que en 2015 y 80.6% de las líneas móviles) y de los equipos móviles básicos o feature phones que subsisten en el mercado, pondría la oferta de audio a través de internet que en ocasiones requiere de una suscripción periódica frente a frente con aquella radiodifundida ofrecida de manera gratuita.
Así también, se abre la posibilidad para ser la ruta para nivelar las condiciones de acceso a la radio tradicional y aquella transmitida a través de internet. A su vez, deja ver la intención del regulador de promover el acceso a los servicios de radiodifusión en condiciones de competencia, pluralidad y cobertura universal, así como la progresiva integración de plataformas de contenidos audiovisuales tradicionales y actuales bajo un mismo ecosistema competitivo.
Adicionalmente y como siempre se ha reconocido en la radiodifusión, en situaciones de emergencia o desastre se constituye la vía de información o entrega de alertas más oportuna y efectiva, en circunstancias en las que las redes celulares puedan encontrarse fuera de operación.
No es un tema menor y como tal debe seguir evaluándose en sus pros y contras.
Pero por lo pronto, este ordenamiento del regulador busca y parece ser conducente para conformar una ruta más de beneficio al consumidor basado en el aprovechamiento de las capacidades tecnológicas.