SCJN ordena al INE ajustar su presupuesto para revocación de mandato
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SCJN ordena al INE ajustar su presupuesto para revocación de mandato

Ciudad de México - jueves 3 de febrero de 2022 - La Silla Rota.
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CIUDAD DE MÉXICO 3 DE FEBRERO DE 2022 (LA SILLA ROTA).-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el artículo Cuarto transitorio de la Ley Federal de Revocación de Mandato, el cual obliga al Instituto Nacional Electoral (INE) a realizar ajustes a su presupuesto para efectuar la consulta.

Al concluir con el análisis de la acción de inconstitucionalidad que presentaron diputados de oposición, los ministros analizaron, durante tres días, cada uno de los argumentos presentados por los recurrentes.

De acuerdo con la Ley, el artículo Cuarto menciona: "deberá garantizar la realización de la consulta establecida en el Transitorio Cuarto del Decreto de reforma constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019, por lo que hará los ajustes presupuestales que fueren necesarios". 

Durante la discusión los ministros expusieron que la consulta es un derecho democrático, por lo que no puede posponerse o cancelarse solo por el motivo de que no le entreguen más recursos al INE.

El ministro Jorge Pardo Rebolledo consideró que no existe disposición legal que obligue a los legislador a probar más recursos al INE para la consulta de revocación de mandato. 

La ministra Norma Piña, argumentó que el artículo Cuarto de la Ley si es anticonstitucional, al vulnerar la autonomía que tiene la autoridad electoral en materia presupuestaria, así como para realizar ajustes.

El Ministro Alberto Pérez Dayán comentó que el Instituto Nacional Electoral no puede ceder a dejar de hacer un ejercicio de esta naturaleza sólo porque no le dieron recursos. 

Al finalizar el análisis de la controversia, el Ministro Presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, aseguró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mostró independencia durante la revisión.

"Las y los ministros tenemos todo el derecho y la obligación de interpretar la Constitución a la luz de nuestros conocimientos y de nuestras convicciones y votar en consecuencia, con independencia de lo que les pueda parecer a quienes vean como emitimos nuestros votos".

Al debatir y mostrar sus posturas, los ministros acordaron que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sea quien revise las impugnaciones en apegó a las normas vigentes.

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