ENSENADA BC 13 DE MAYO DE 2016 (AFN).- Con el objetivo de presentar una denuncia legal por anular la participación ciudadana en procesos de la planeación del Municipio de Ensenada según lo indicaron Gandolfo García y Ruth Rosas, quienes son ciudadanos integrantes de los Comités Sectoriales del Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEM), motivo por el que acudieron a la Sindicatura Municipal para buscar esclarecer la razón y los responsables de tal hecho.
Presentaron además de la denuncia comprobantes de las actas de los Comités Sectoriales donde a partir de la modificación al reglamento, el 99 por ciento de los mismos ha sido excluido de las sesiones, indicó García.
Gandolfo García además explicó que eliminaron la participación ciudadana en el nuevo reglamento del COPLADEM, así como en la evaluación y seguimiento del Plan Municipal de Desarrollo. Procesos en los que –indicó- hubo más de mil 200 ciudadanos participando al inicio de la administración de Gilberto Hirata Chico, quienes no han sido tomados en cuenta en recientes fechas.
García citó un ejemplo refiriéndose a los fondos federales del ramo 33, en el subcomité de Desarrollo Social dónde dijo “Hay un representante ciudadano que debe dar seguimiento al manejo y distribución correcta de esos recursos. Lo que estamos pidiendo es que el síndico, de acuerdo a sus facultades, dé seguimiento y transparencia al proceso en el proceder de las autoridades y rinda cuentas a los ciudadanos.”
Mónica Vargas quien es directora de la Sindicatura Municipal los recibió y comentó “Pasaremos el caso a uno de los abogados quienes son asesores jurídicos quienes les tomarán su declaración y atenderemos este caso como todos los que nos presenta la ciudadanía. Se le dará seguimiento a su trámite y les informaremos de los avances.”
Así mismo el Lic. Hiram Olivares, jefe del Departamento de Responsabilidades y Situación Patrimonial abundó en el procedimiento “Primero se ratifica la queja por quienes la presentaron e iniciaremos una averiguación para verificar si hay faltas a los artículos 46 y 47 de la ley de responsabilidades de los servidores públicos, que marcan las obligaciones y prohibiciones que tienen en su cargo público. Posteriormente si se comprueba la falta se inicia el procedimiento de responsabilidad, dónde se cita a los presuntos responsables y testigos. Como cualquier ciudadano el presunto responsable tiene derecho a estar asistido por un abogado, presentar pruebas de descargo y así el Síndico Procurador valorará si hay o no sanciones.”