Nuevas disposiciones en materia aduanal
Agencia Fronteriza de Noticias
Pulso AFN
Comenius Bachillerato
Translate this website into your desired language:

Nuevas disposiciones en materia aduanal

Tijuana BC - lunes 15 de junio de 2015 - AFN.
2223

Tijuana BC 15 de junio de 2015 (AFN).- Entraron en vigor nuevas disposiciones para agentes aduanales y representantes legales, luego de que se publicara el Reglamento de la Ley Aduanera y desapareciera la figura del Apoderado Aduanal, sustituyendo por la del representante legal.

Lo anterior, trae nuevas disposiciones relacionadas con requisitos, obligaciones, derechos, suspensión y cancelación de patente, informó el abogado Fiscalista, Octavio de la Torre de Stéffano, quien explicó que de acuerdo al Reglamento cada dos años se publicará la convocatoria para obtener la patente de ser agente aduanal.

Son requisitos,  acreditar que se esté al corriente en las obligaciones fiscales, mediante la constancia de cumplimiento referida en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

También acreditar el examen psicotécnico que constará de 2 etapas el psicológico y de confiabilidad, éste lo aplicará la autoridad competente; la residencia se autorizará mediante constancia expedida por el municipio o circunscripción territorial en que resida el agente aduanal.

Asimismo, se deberá designar un mandatario aduanal cuando las necesidades de su servicio así lo requieran y elegirse uno por cada aduana independientemente para que también pueda actuar en aduanas distintas.

De la Torre de Stéffano comentó que el Reglamento de la Ley Aduanera relacionado al sector de agentes aduanales, también deja en claro las causales para que sea suspendida o cancelada una patente de agente aduanal.

Entre estas destacan el declarar con inexactitud algún dato en el pedimento, sus anexos, o en el aviso consolidado que rebase la cantidad señalada o represente más del 10% del total de impuestos que debieron pagarse.

Subrayó que cuando la patente del agente aduanal sea suspendida, el afectado no podrá iniciar nuevas operaciones, sino solamente concluir las que tuviera validadas y pagadas a la fecha en que le sea notificado el acuerdo o resolución respectiva.

Referente a la figura del representante legal, precisó que se deberán cumplir con una serie de requisitos establecidos por el SAT para asumir funciones; una vez establecidos deberán llevar a cabo el despacho aduanero mediante la utilización de la firma electrónica avanzada o en su caso, el sello digital de sus representados, en los términos y condiciones que establezca el Servicio de Administración Tributaria.

Puntualizó que los actos que realicen los representantes legales y las personas que los auxilien con motivo del despacho y Reconocimiento Aduanero, así como los actos que deriven de aquellos, serán imputables a sus representados, acotó el también Director de la firma TLC Asociados.

Ya Estuvo Ayuntamiento TJ
CESPT Octubre 2026
Garitas
Programa 22 Minutos
Horacio Programa
Garitas
La favorita
Tecnico Electricista
La Marina solicita apoyo
Buscador Acerca de AFN Ventas y Contacto Reportero Ciudadano