Mexicali BC 2 de marzo de 2015 (AFN).- Como medida para proteger la salud de los ciudadanos y el cuidado de los recursos hídricos de Baja California, el pleno del Congreso local aprobó una iniciativa de reforma presentada por el diputado Fausto Gallardo García; la cual impulsa el tratamiento de aguas residuales y su reúso, prohibir la descarga de desechos tóxicos, productos de proceso industrial y otros clasificados como peligrosos, a los sistemas de drenaje, ríos, manantiales, arroyos o canales de la entidad.
La propuesta también busca incentivar a los usuarios de agua, principalmente a los no domésticos, para que desarrollen una infraestructura que permita su tratamiento y reúso; y promueve con autoridades del Estado, que desarrollen más infraestructura que permita mayor aprovechamiento de las aguas residuales tratadas; además de estimular a desarrolladores y fraccionadores para que implementen acciones, a fin de que en las áreas verdes y demás actividades que resulten procedentes, se reúsen las aguas provenientes de uso doméstico.
Gallardo García, en su ponencia subrayó que los recursos hídricos en México, al igual que en el resto del mundo son escasos, y que el crecimiento demográfico, la urbanización y el aumento en el consumo de agua en los hogares, así como la agricultura y la industria, han incrementado significativamente su uso; y por ello surge la necesidad de tomar medidas para garantizar un buen abasto, siendo una de ellas impulsar el tratamiento de aguas residuales y su reúso.
Puntualizó que la falta de coordinación entre usuarios y autoridades, aunado a la falta de una adecuada política de tratamiento de aguas residuales y de reúso, conducen a la sobre explotación del agua potable, a la contaminación de ecosistemas, a la degradación de los suelos, así como a un impacto negativo sobre la seguridad alimentaria.
Esta iniciativa aprobada, indicó en un escrito, modifica el apartado denominado “Del reúso del agua” por “Del tratamiento de aguas residuales y su reúso”, además de reformar los artículos 111 y 112, y adicionar los artículos 113 al 123, todos de la Ley que Reglamenta el Servicio de Agua Potable en el Estado de Baja California.