MÉXICO DF 18 DE ABRIL DE 2013 (lasillarota.com).- Con 26 votos a favor y uno en contra de Movimiento Ciudadano (MC), la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la iniciativa que reforma el artículo 27 de la Constitución para que extranjeros puedan adquirir una casa habitación en playas mexicanas.
El documento, que se turnó a la Mesa Directiva para que se agende para su debate y votación, incluye una modificación propuesta por el PRI.
Se precisa que el ciudadano extranjero que adquiera una propiedad deberá notificarlo a la Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE) y en caso de que se utilice con fines distintos al establecido, por ley, podrá ser confiscado en beneficio de la Nación.
Al hacer la propuesta, el priísta Héctor Gutiérrez de la Garza destacó que esta iniciativa busca terminar con la simulación que actualmente existe en este tema.
“Buscamos con esto evitar la simulación. Actualmente hay muchos extranjeros que tienen sus propiedades en litorales o en fronteras utilizando la figura del fideicomiso: para ser precisos, hay registrados 60 mil fideicomisos en los últimos doce años, es decir, hay 60 mil simulaciones que lo que estamos haciendo es evitarlas”, afirmó.
El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, el perredista Julio César Moreno detalló que queda claro que se habla exclusivamente de la franja del litoral que marca la Constitución y sólo para uso de vivienda.
“Pueda adquirir propiedad exclusivamente para fines de vivienda, no para fines llámese de lucro o de otros fines, exclusivamente para vivienda y además existe la sanción en un transitorio, que si la transgreden, por supuesto el Estado les puede en este caso quitar o expropiar la propiedad”, puntualizó.
El texto para el artículo 27 de la Constitución, que será puesto a consideración del Pleno, establece que: “en una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, los extranjeros por ningún motivo podrán adquirir el dominio directo sobre las aguas, en el caso de las tierras, podrán adquirirlas cuando sean exclusivamente para uso de vivienda sin fines comerciales”.