TIJUANA, BC 16 DE JULIO 2020 (AFN).- A partir de octubre 23 de este año, todas las empresas podrán ser multadas por no atender el estrés laboral y demás factores psicosociales presentes en su colaboradores, y cobran mayor relevencia porque estas condiciones han aumentado a causa del COVID-19,manifestó Rosario Egaña Auna, especialista en psicología.
La Coordinadora de la Licenciatura en Psicología Organizacional de la Escuela de Psicología del CETYS Tijuana, recordó que esta obligación establecida en la Normas Oficial Mexicana (NOM) 035, la cual no fue postergada por la situación del COVID-19.
Dijo que desde octubre del año pasado entró en vigor la primera parte de la NOM 035, donde los centros de trabajo deben cumplir con la política, medidas de prevención, identificación de los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos y la difusión de la información respecto a los factores de riesgo psicosociales.
Explicó que una vez que inicie la segunda fase, en octubre, ante inspecciones que realice la autoridad se aplicarían multas, cuya severidad dependerá de acuerdo a la falta y tamaño de la empresa, esto aunque los trabajadores estén laborando desde casa por la pandemia.
La norma indica que deberá cumplir con la identificación y análisis de riesgo psicosocial tales como estrés laboral, ansiedad y depresión, la evaluación del entorno organizacional, las medidas y acciones de control y la canalización médica de los trabajadores expuestos a un acontecimiento traumático, y difusión de políticas de salud laboral entre los trabajadores, agregó.
“Debemos dar por hecho que las empresas tuvieron suficiente tiempo para atender la NOM 035 desde 2019, ya viene la segunda fase y la posibilidad de aplicación de multas para toda clase de empresas, que, si bien algunas atendieron los requerimientos, otras postergaron la aplicación de estas medidas”, indicó.
Refirió que el nuevo coronavirus, generó miedo e incertidumbre con los cambios en las formas de trabajo, que a su vez podría detonar estrés postraumático en los trabajadores.
Aunque este factor psicosocial no fue generado por la misma empresa, es importante tomar medidas que lo atiendan, de no hacerlo verán afectados el desempeño de ellos.
"Con el COVID-19 hubo casos de estrés y ansiedad en las personas inclusive en las más relajadas. Por lo que es necesario y de alta prioridad dar cumplimiento con la NOM 035 cuanto antes y así generar oportunidades a las empresas para implementar medidas que promuevan el cuidado de la salud física y mental de los empleados”, señaló la Experta de CETYS.
En ese sentido, recordó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puntualiza que debido al COVID-19 se pueden presentar factores de riesgo psicosociales en el trabajo que lleven a Trastornos Mentales y del Comportamiento.
Dijo que "el centro de trabajo deberá marcar lineamientos para atender a los empleados en caso de problemas de salud mental, ya sea canalizar al servicio médico, psicológico de la empresa o a los servicios médicos del centro de seguridad social correspondiente".
La especialista indicó que parte de los nuevos retos en la nueva normalidad para los trabajadores, es cumplir con medidas para evitar la propagación del virus y así no afectar la salud y desempeño del equipo de trabajo.
Abundó que esto implicará acciones que van desde evitar saludar de mano o de forma afectuosa a la gente de la oficina o en los pasillos, hasta la aplicación de filtros y otras medidas de higiene que velen por el bienestar de todos los que asistan al centro de trabajo.