Discuten en comisiones pase de la Guardia Nacional a Sedena
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Discuten en comisiones pase de la Guardia Nacional a Sedena

CIUDAD DE MÉXICO - lunes 23 de septiembre de 2024 - La Silla Rota.
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CIUDAD DE MÉXICO 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024 (La Silla Rota).- Las comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos en el Senado de la República iniciaron la discusión de la reforma con la que la Guardia Nacional pasará a formar parte de la estructura de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

La iniciativa de reforma constitucional modifica 12 artículos de la Constitución para ordenar que la Guardia Nacional deje de pertenecer a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y pase a la Sedena.

La Guardia Nacional estará integrada por personal de origen militar y con formación policíaca y dependerá de la Sedena para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública. También la Sedena tendrá el control de la partida presupuestal para la Guardia Nacional

Una vez que sea aprobada en comisiones será enviada al pleno del Senado.

Puntos clave de la Reforma de la Guardia Nacional

Fuerza de seguridad con origen militar: La reforma plantea que la Guardia Nacional sea definida como una fuerza de seguridad pública, pero con personal de origen militar. Esto solidificaría su carácter híbrido, manteniendo un enfoque en tareas de seguridad pública, pero con una estructura y entrenamiento basados en disciplinas militares.

Designación y control por la Sedena: El titular de la Guardia Nacional sería designado por el Presidente de la República, a propuesta del titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). Además, la Sedena sería la encargada de manejar el presupuesto de esta institución, lo que refuerza el control militar sobre la misma.

Vinculación con la Estrategia Nacional de Seguridad Pública: La Guardia Nacional operaría bajo el mando de la Sedena para implementar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, la cual sería diseñada por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC). Este punto subraya la integración de la Guardia Nacional en el esquema de seguridad nacional.

Jurisdicción militar: Los miembros de la Guardia Nacional solo podrían ser juzgados por tribunales militares, lo que establece un sistema de justicia interno exclusivo para este cuerpo, alejándolos de la jurisdicción civil.

Labores de investigación: Además de sus tareas de seguridad, la Guardia Nacional también podría realizar labores de investigación, ampliando su rol en la prevención y combate del crimen.

Derechos laborales y reestructuración del personal: El personal militar y naval que se integre a la Guardia Nacional dejará de formar parte de su fuerza armada de origen, pero mantendrán sus derechos laborales intactos. Por otro lado, los antiguos miembros de la extinta Policía Federal que aún permanecen en la Guardia Nacional serían cesados y transferidos a la Secretaría de Seguridad.

Ley de Seguridad Interior: La reforma también otorgaría al Congreso la facultad de crear una Ley de Seguridad Interior, que regularía la participación de las Fuerzas Armadas (Ejército, Marina y Fuerza Aérea) en tareas de seguridad pública. Esta disposición abre la posibilidad de que los militares puedan desempeñar más funciones ajenas a la disciplina estrictamente militar, lo que diluiría los actuales límites constitucionales que restringen su participación en tiempos de paz.

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