MÉXICO 13 DE OCTUBRE DE 2016 (SIU).- La vigilancia de las comunicaciones resulta ser una herramienta útil en las investigaciones y procesos llevados a cabo por las agencias dedicadas a la administración de la justicia y la provisión de seguridad pública.
Pero igualmente o más importante es el hecho de que se ajuste a un marco de respeto a la privacidad.
Sin embargo, el creciente consumo de servicios de telecomunicaciones y en Internet, ha provocado tensiones entre las autoridades encargadas de la justicia y la seguridad, y los usuarios.
En México, el Artículo 189 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) obliga a los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones y a los autorizados para comercializar servicios de telecomunicaciones, a colaborar con instancias de seguridad, y procuración y administración de justicia.
Por otro lado, el Artículo 190 de dicha legislación establece que los concesionarios y autorizados coadyuvarán en la geolocalización de dispositivos móviles y en la entrega de datos conservados que derivan de las comunicaciones entre los usuarios.
En mayo de 2016, la Suprema Corte Justicia de la Nación (SCJN) atrajo el caso de un amparo contra estas disposiciones por considerárseles violatorias del derecho a la privacidad y contrarias a la seguridad. Al respecto, si bien el órgano supremo lo negó, sí reconoció que el acceso a los datos de las comunicaciones deberá ser con previa autorización judicial.
El Caso de los Proveedores de Servicios en Internet
A finales de 2015, instituciones gubernamentales mexicanas realizaron 1,947 requerimientos de información a Google, Facebook, Twitter, Yahoo y Microsoft en torno a datos de usuarios de redes sociales, mensajería, correo electrónico, entre otros. Esto se traduce en un crecimiento de solicitudes de 7.7% respecto a 2014 y de 20.1% respecto a 2013.
De acuerdo con el informe de requerimientos publicado por Facebook, la mayoría de esta información se encuentra relacionada con asuntos de seguridad y colaboración con la justicia.
La personas y cuentas sobre las que se requirió información alcanzaron 1,722 casos al cierre del segundo semestre de 2015, lo cual resultó en una tasa de crecimiento de 7% respecto al mismo periodo de 2014 y 26% respecto al mismo periodo, pero de 2013.
Los prestadores de servicios en internet no concedieron información en todos los casos. Durante el primer semestre de 2015, cada compañía entregó datos solo para el 49% de los requerimientos, mientras que dicho indicador fue 55% para el segundo semestre de 2015.
El Camino Hacia Adelante
La adopción de servicios en Internet y de telecomunicaciones se encuentra en un proceso de crecimiento acelerado.
En este contexto, los prestadores de servicios en Internet en México experimentan una tendencia incremental en los requerimientos de información de sus usuarios que se relacionan con procesos judiciales y de seguridad.
Es un hecho que estamos testificando tan solo un capítulo de un área de tensión, entre la privacidad individual y la seguridad como bien social, de la que se augura una continua y compleja relación resultante de diversos factores, como la evolución tecnológica, su creciente adopción y transversalidad en la sociedad, entre otras.
Así, es necesario estar preparados socialmente, con un corpus legal y un corpus institucional, robustos y ágiles a la vez, que permitan la continua atención de estos temas derivados de la privacidad y la vigilancia de las comunicaciones en México