MÉXICO DF 26 DE MARZO DE 2013 (lasillarota.com).- En los últimos 12 años, la deuda de estados y municipios aumentó en más de 130 por ciento al pasar de 106 mil millones de pesos a casi 244 mil millones de pesos, afirmó el diputado del PRI, Javier López Zavala, presidente de la Comisión de Población de este órgano legislativo.
Además, precisó que el año pasado unos 124 municipios de Chiapas, Guerrero, Jalisco y Querétaro se declararon en quiebra, de los cuales 90 de ellos corresponden a Chiapas.
Sin embargo, destacó se desconoce a detalle el destino, las tasas a las que se contrataron los créditos y las razones que los justifiquen.
Resaltó que este nivel de endeudamiento obliga a un urgente replanteamiento para el manejo responsable de las finanzas públicas, por lo que es necesario fijar límites claros y precisos a la deuda de estados y municipios, que contribuirá a disminuir el costo de la deuda al que cada vez acceden más.
De ahí que propuso modificar los artículos 115 y 117 de la Constitución para establecer medidas que garanticen un tratamiento homogéneo e integral de la rendición de cuentas, frenar la deuda, modificar la distribución de los recursos federales y fijar porcentaje máximo de endeudamiento.
Precisó que las legislaturas de los estados que aprueban la deuda pública que se contrate para el estado o ayuntamiento deben establecer que se destinará exclusivamente a inversión pública productiva; es decir, a obras públicas, adquisición de maquinaria y equipo, proyectos y modernización de la infraestructura operativa de las entidades públicas del estado o municipio, precisó.
Expuso que “esa inversión deberá producir ahorros o generar incrementos en la disponibilidad de recursos financieros de las dependencias públicas del estado o municipio, que no exceda el ejercicio del gobierno que la contrate y la autorización del Congreso del estado”.
Estableció que "en ningún caso los recursos provenientes de la reestructuración o refinanciamiento, podrán destinarse al concepto de gasto corriente".
Los estados y los municipios, explicó, podrán contraer obligaciones, empréstitos o deuda pública estatales o municipales, a través de organismos descentralizados, empresas de participación estatal o municipal mayoritarias y fideicomisos públicos paraestatales o paramunicipales, conforme a las bases que establezcan las legislaturas en una ley de deuda pública y en la ley secundaria federal.
Asimismo, por los conceptos y hasta por los montos del 50 por ciento de las participaciones programadas que las mismas fijen anualmente en los respectivos presupuestos. Los Ejecutivos informarán de su avance trimestralmente y de su ejercicio al rendir la cuenta pública, según la iniciativa.