* En centros educativos y oficinas públicas
MEXICALI 28 DE SEPTIEMBRE DE 2012 (AFN).- El Congreso local aprobó una serie de reformas a la Ley de Protección y Defensa de los Derechos de los Menores y la Familia, la de Educación y la de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, con la finalidad de instalar filtros a los equipos de internet para bloquear las páginas de pornografía.
La propuesta fue presentada ante los congresistas locales por la diputada Virginia Noriega Ríos, y se aprobó de manera unánime por el pleno, con el dictamen 17 de la Comisión de educación, cultura, ciencia y tecnología.
En la primera de las Leyes mencionadas se reformó el artículo 5 para establecer que los menores de edad deberán ser protegidos en contra de cualquier forma de explotación, agresión o maltrato, actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental y su normal desarrollo, tales como el uso de drogas y enervantes, secuestro, pornografía, corrupción de menores y trata de personas.
Las normas establecerán las formas de prever y evitar estas conductas; y enunciativamente se les protegerá cuando se vean afectados por el descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual, se informó por medio de un comunicado.
En dicho escrito, se agregó que los menores deben ser protegidos de toda solicitud que de manera directa, vía informática, audiovisual, virtual, de imágenes o sonidos propios, o de terceros con contenido sexual o erótico, no educativo, explícito o no, reales o simuladas, que atenten contra su sano desarrollo.
Para garantizar lo anterior, el Estado y los municipios, dentro de su esfera de competencia, establecerán programas enfocados a la prevención, detección y denuncia de abusos en contra de menores, así como de apoyo a favor de las víctimas y sus familiares y ser protegidos mediante la restricción de acceso a sitios de Internet con contenido sexual no educativo, a fin de evitar que sean objeto de las solicitudes que señala la fracción anterior y que puedan ser utilizadas para fines sexuales.
También se estableció que el Estado y los municipios, como garantes de este derecho de los menores, dispondrán que los equipos de cómputo que se utilicen en las oficinas públicas, los centros educativos oficiales, así como en las instituciones particulares con autorización o reconocimiento oficial de validez de estudios, cuenten inexcusablemente con las soluciones tecnológicas adecuadas para impedir el acceso a los sitios de Internet de contenido sexual o erótico, no educativo.