La impunidad oficial
Agencia Fronteriza de Noticias
Telcel 5 Octubre 2024
Programas Villegas
Translate this website into your desired language:

La impunidad oficial

TIJUANA, BC - sábado 29 de septiembre de 2012 - Gilberto LAVENANT.
1538

Palco de Prensa
Por : Gilberto LAVENANT


Los ciudadanos, no confían en el gobierno, porque saben perfectamente que cuando algún funcionario público, incurre en algún exceso, irregularidad o presunta comisión de algún delito, nada pasa. Nunca se procede en su contra.

Programas como !Pónle dedo al ratero! o ¡Denúncialo, nosotros sí vamos! no operan, cuando el señalado es un político. Aunque ya no estén en funciones, y hayan o no tenido fuero, los políticos son intocables. Si se hiciera una revisión en las Agencias del Ministerio Público del Fuero Común, en Baja California, se podría observar la enorme cantidad de averiguaciones previas contra las que se aplicó el llamado “recurso de alzada”. Las alzaron, o guardaron, para que nadie las alcanzara, para resolver lo conducente.

El columnista aún recuerda que un par de meses antes de que, por circunstancias del destino, el panista Alejandro González Alcocer, fuese designado Gobernador del estado, a la muerte de don Héctor Terán Terán, un Agente del Ministerio Público turnó ante el  juez penal en turno, indagatoria con petición de orden de aprehensión, en la que aparecía como presunto responsable de hechos ilícitos. Irónicamente, el indiciado, luego de la gubernatura, llegaría al Senado y ostentaría la presidencia de la Comisión de Justicia. Una  burla.

En México, prácticamente sin distinción de siglas partidistas, los políticos aplican al pie de la letra aquello de que “perro, no come perro”, disculpando la expresión. También se dice que los políticos conjugan a la perfección el verbo “tapar”. Yo te tapo, tú me tapas, él nos tapa, nosotros nos tapamos, ellos nos tapan, todos nos tapamos. Por eso la impunidad oficial, es una institución sumamente “sólida”.


Salvo contadas excepciones, cuando las circunstancias lo permiten, se procede contra algún exfuncionario, pero sólo como excarmiento para muchos otros. Hasta ahí.

No obstante, por obligación constitucional y conforme a las funciones del cargo que ostentan, los funcionarios públicos tienen la obligación de denunciar a quien o quienes aparezcan como presuntos responsables de algún hecho delictivo. Las fallas o encubrimientos se dan en el área de procuración de justicia. Concretamente en las Agencias del Ministerio Público, dependientes de la Procuraduría de Justicia, que a su vez dependen del Gobernador del Estado. Ahí está el meollo del asunto.

A propósito del tema, el 26 de octubre del 2011, el Lic. Héctor Veiga Galindo, con el carácter de apoderado legal del XX Ayuntamiento de Tijuana, presentó una denuncia de hechos presuntamente delictivos, ante la Agencia del Ministerio Público del Fuero Común, en turno, en la que aparecen como presuntos responsables el exalcalde Jorge Ramos Hernández, el C.P. José Ricardo Vallin Malanche, exSecretario de Administración y Finanzas, la C.P. Martha Alicia Fuentes García, exTesorera Municipal y quien o quienes resultaran responsables.

El representante legal del XX Ayuntamiento, encabezado por  Carlos Bustamante Anchondo, señaló que “…cuando los hoy denunciados se desempeñaron como servidores públicos del XIX Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, retrasaron sin causa justificada los pagos de las aportaciones del 19% sobre los equivalentes al sueldo o sueldos básicos integrados de los trabajadores del Ayuntamiento, por el período comprendido de la segunda catorcena de Septiembre a la última de Diciembre del 2009, así como todas las correspondientes de Enero y Febrero del 2010, como también retuvieron indebidamente el pago del incremento de las cuotas del personal de seguridad pública por el período comprendido de Enero del 2008 a la primera quincena de Noviembre del 2009, contraviniendo la obligación legal de enterar al ISSSTECALI a más tardar diez días naturales posteriores a la fecha de pago de los salarios, las cuotas y aportaciones establecidas en los artículos 21 y 22 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California”.

En la denuncia, se explica que dicho retraso, representó un pasivo que dejó la Administración Municipal del XIX Ayuntamiento, a la actual del XX Ayuntamiento, por la cantidad de $ 57 millones 124 mil 384 pesos, más los recargos que se generaron, por no haberse enterado las cuotas y aportaciones dentro del plazo de diez días naturales posteriores a la fecha de pago de los salarios catorcenales.

Pero, además, dichos funcionarios, teniendo la obligación de enterar al ISSSTECALI las cantidades que les habían sido cubiertas por incremento de cuotas a los policías de Seguridad Pública Municipal, por el período correspondiente de Enero del 2008 a Noviembre del 2009, las retuvieron indebidamente, generando un pasivo a la Administración del XX Ayuntamiento, por la cantidad de $ 5 millones 109 mil 848 pesos, que agregados a los antes señalados, suman un total de $ 62 millones 234 mil 233 pesos.
Por si fuese poco, todas esas omisiones o incumplimientos, por los montos citados, generaron recargos por $18 millones 104 mil 949 pesos. Se observa que esto, “no se debió a la falta de liquidez o de recursos de la Tesorería Municipal, ya que el XIX Ayuntamiento, tenía disponibilidad de recursos económicos suficientes para pagarlas”. Dicho en pocas palabras, fue mera negligencia, torpeza o ineficiencia.  

Esto generó que el Sindicato de Burócratas e incluso el ISSSTECALI, requirieran al XX Ayuntamiento el pago de lo adeudado, por lo que a su vez éste hizo requerimiento similar a los citados exfuncionarios, advirtiendo la responsabilidad en que incurrían, conforme lo dispuesto por el artículo 135 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Gobierno y Municipios del Estado de Baja California, así como por el artículo 293 fracción XIV del Código Penal.

Ante la nula respuesta, no sólo se presentó denuncia penal, sino además se solicitó juicio político. Ramos Hernández, acostumbrado a lidiar estas cosas, interpuso recurso de amparo. El caso es que se lo negaron y ahora ya nada podrá frenar las acciones en su contra. Salvo la protección de hecho, de parte del Gobernador Osuna Millán. Hay quienes dicen que esto son meras “leyendas urbanas” o “faltas administrativas”. Lo cierto, es que se sanciona penalmente.

[email protected]

Ayuntamiento Octubre 2024
La favorita
Matemáticas Fáciles
Pagina Facebook
AFN Marketing
La Marina solicita apoyo
Buscador Acerca de AFN Ventas y Contacto Reportero Ciudadano