MEXICALI BC 5 DE SEPTIEMBRE DE 2012 (AFN).- El pleno del Congreso local aprobó dos reformas presentadas por el diputado Ricardo Magaña Mosqueda, una de las cuales modifica el artículo 12 de la Ley que Regula los Servicios de Control Vehicular en el Estado, gracias a lo cual se exceptuará del pago por la baja respectiva de los derechos correspondientes, establecidos en la Ley de Ingresos, al propietario cuyo vehículo le haya sido robado, lo cual deberá acreditar mediante constancia expedida por el Agente del Ministerio Público correspondiente.
La reforma fue aprobada de manera unánime por los congresistas locales, durante el debate parlamentario realizado en torno a los dictámenes emitidos por la Comisión de Justicia, dentro de los asuntos analizados en la sesión ordinaria que condujo el diputado Alfonso Garzón Zatarain en su calidad de presidente de la mesa directiva.
Con el dictamen 25 de la mencionada comisión legislativa, que surgió de una Iniciativa presentada por Magaña Mosqueda, presidente de la Comisión para la Reforma del Estado 1, se dio el voto aprobatorio para modificar el artículo 12, que se refiere al pago que debe efectuar el propietario de un vehículo al acudir a dar de baja su automóvil, cuando este le hubiera sido robado.
“Se encuentra fuera de todo orden constitucional, que nuestra entidad federativa obtenga un provecho económico, pagado por el ciudadano, de algo que inicia con la comisión de un delito, pues debe clarificarse a la luz jurídica que, la voluntad del ciudadano a realizar ese trámite, está siendo forzada, pues de no haber sufrido el robo no se hubiera visto obligado a buscar la baja de su vehículo, en tal virtud, es dable que el Estado exima del pago al ciudadano”, argumentó el legislador.
Por otra parte, se puso a discusión el dictamen número 26 de la misma comisión Legislativa, el cual proviene también del diputado Magaña, fue aprobado por unanimidad y tiene como propósito reformar el artículo 279 bis, inciso B, que modifica el tercer párrafo y adiciona un cuarto párrafo del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California, publicado en el Periódico Oficial No. 23, de fecha 20 de agosto de 1989.
El objetivo de la reforma es que el órgano Jurisdiccional de oficio cancele los antecedentes penales y que al ciudadano no se le genere una carga económica contratando a un abogado para la cancelación de la misma, y por otro lado el ciudadano no sufra alguna discriminación laboral ni social.