TIJUANA BC 7 DE JULIO DE 2026 (AFN).- El gobierno de la República a petición de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), solicitó y obtuvo del comité de transparencia que se reserve por cinco años, toda la información relativa al gobernador con licencia del Estado de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, así como del senador Enrique Inzunza Cázares.
• Esto se pudo saber a raíz de una solicitud que se les hizo con fecha de 27 de mayo de este año, a través del Sistema de Solicitud de Acceso a la Información (Sisai) de la Plataforma Nacional de Transparencia que, solicitaba: copia íntegra de todos los oficios comunicaciones diplomáticas, solicitudes de asistencia jurídica internacional, notas verbales, correos institucionales y minutas de reuniones celebradas entre autoridades mexicanas y estadounidenses, relacionadas con los dos personajes mencionados.
Se requería todo lo correspondiente a esas comunicaciones "sobre investigaciones por presuntos vínculos entre funcionarios mexicanos y el cártel de Sinaloa, además de versiones públicas, de solicitudes de extradición, peticiones de localización, fichas informativas, acuerdos de cooperación bilateral y reuniones sostenidas entre autoridades mexicanas y Mark Wayne Mullin durante mayo de 2026".
La SRE respondió que las comunicaciones diplomáticas, oficio, notas verbales, correos institucionales, fichas informativas, minutas de reuniones y demás documentos relacionados con los hechos solicitados: "contienen información relativa a posiciones institucionales, intercambios oficiales entre autoridades de ambos países, solicitudes y mecanismos de cooperación, análisis de información, estrategias de coordinación intergubernamental y consideraciones para la conducción de la interlocución diplomática entre México y Estados Unidos".
Por lo tanto consideraron que la divulgación de esta información "podría menoscabar la conducción de las relaciones internacionales del Estado mexicano al revelar los elementos sensibles de los mecanismos de comunicación y cooperación bilateral actualmente vigentes, afectar la confianza y confidencialidad necesarias para el intercambio de información entre autoridades de ambos países e incidir negativamente en la eficacia de los canales institucionales de coordinación establecidos para la atención de asuntos de interés estratégico común.
Por tal motivo se estableció que toda esta información requiere de ser clasificada como reservada "por un término de 5 años", ya que insistió en que su divulgación "representa un riesgo real, demostrable e identificable de perjuicio significativo al interés público".