Tribunal ordena el retiro de propaganda del "Terrible"; son actos anticipados, resuelve
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Tribunal ordena el retiro de propaganda del "Terrible"; son actos anticipados, resuelve

Tijuana BC - lunes 26 de febrero de 2024 - AFN.
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*.- Da al IEE 24 horas para establecer medidas cautelares

TIJUANA BC 26 DE FEBRERO DE 2024 (AFN).- El Tribunal de Justicia Electoral en Baja California (TJEBC) ordenó el retiro de la propaganda en Tijuana de Erik Morales Elvira, al revocar un acuerdo del Instituto Estatal Electoral (IEE) que no consideró como actos anticipados de campaña la colocación de anuncios espectaculares, engomados y mensajes en redes sociales, entre otros.

Por unanimidad los integrantes del Tribunal resolvieron el proyecto presentado por el magistrado Jaime Vargas Flores, en el que se hicieron valer los agravios expuestos por los partidos Acción Nacional y Revolucionario Institucional, en dos recursos de inconformidad, para evitar la afectación al principio de equidad en la contienda electoral.

Con ello, en un plazo de 24 horas posteriores a su notificación, lo consejeros del IEE deberán analizar de manera amplia dichos agravios, y establecer las medidas cautelares encaminadas al retiro de la publicidad del expugilista.

De acuerdo con el proyecto, se consideraron fundados los agravios expuestos por ambos partidos en contra de la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEE, advirtiendo que se valoró de forma indebida, sesgada y errónea las pruebas consistentes en anuncios espectaculares, engomados, microperforados y demás publicidad, a favor de Morales Elvira.

En la resolución impugnada, y revocada ahora por el Tribunal, los consejeros integrantes de la citada comisión del IEE señalaron que no se cumplía el elemento subjetivo para ordenar el retiro de la publicidad a favor del aspirante a la candidatura por la alcaldía de Tijuana, señalando que no se hacía un llamado al voto, y no se consideraba como actos de campaña electoral los mensajes expuestos.

En tanto, el proyecto aprobado por el Tribunal establece que sí se encuentran elementos para suponer que son actos anticipados de campaña, al utilizar frases “equivalentes y funcionales” del llamado al voto, tanto en anuncios espectaculares, bardas, engomados, microperforados y mensajes a través de redes sociales.

La resolución advierte que los partidos que integran la Alianza Fuerza y Corazón por México, acreditaron que con la publicidad a favor del “Terrible” Morales se incurre en un posicionamiento anticipado de carácter electoral, generando con ello un beneficio, además de que la misma Sala Superior del Tribunal Federal Electoral, ha establecido criterios al respecto, para analizar de manera amplia este tipo de recursos.

Dicha resolución aplicará sólo en el caso de los recursos de inconformidad, por los mismos motivos, presentados en Tijuana, y no en el caso de Mexicali, donde ocurrió el mismo supuesto sin embargo, las denuncias fueron interpuestas fuera de tiempo.

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