Amplían plazo para beneficios fiscales
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Amplían plazo para beneficios fiscales

TIJUANA BC - viernes 29 de marzo de 2019 - AFN.
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TIJUANA BC 29 DE MARZO DE 2019 (AFN).-Se amplió el plazo hasta el 30 de junio de 2019, para que más empresas soliciten el beneficio del IVA al 8% como parte de las nuevas reglas que publicó el SAT sobre el Decreto de Estímulos Fiscales de la Frontera Norte.

Octavio de la Torre de Stéffano, presidente de TLC Asociados y Coordinador Nacional de Síndicos de la Concanaco Servytur, refirió que dichos cambios fueron impulsados por este organismo nacional que preside José Manuel López Campos.

Explicó que se publicó la versión anticipada de Resolución Miscelánea Fiscal que contiene las reglas relacionadas con el Decreto de Estímulos Fiscales en IVA e ISR donde se realizan algunas modificaciones para agilizar el acceso a los estímulos.

De acuerdo a las cifras del Servicio de Administración Tributaria (SAT) del mes de febrero más de 130 mil empresas se inscribieron para el padrón de beneficiarios del Impuesto al Valor Agregado, y en cuanto al Impuesto Sobre la Renta (ISR) se han inscrito alrededor de 6 mil empresas.

Lo anterior forma parte del programa de estímulos fiscales del Presidente, Andrés Manuel López Obrador, e incluye la reducción de la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 16 a 8% y la reducción de la tasa del ISR de 30 a 20%, además de la elevación del salario mínimo a 176.72 pesos, así como la homologación del precio de las gasolinas.

Además, ya no habrá problema si el contribuyente o empresa se encuentra en la lista de créditos condonados para tener acceso y solicitar el beneficio como antes no se permitía, abundó Octavio de la Torre.

 “Los que quieran aplicar los estímulos que hayan tenido relación con contribuyentes que aparezcan en el listado del SAT por operaciones inexistentes, ahora si podrán apegarse a los estímulos siempre y cuando corrijan el efecto fiscal que le hayan dado a los comprobantes que se tuvieron, pero deberán adjuntar al trámite para apegarse a los estímulos las declaraciones donde se acredite dicha corrección”, indicó.

Los contribuyentes que se inscriban después del 30 de junio, dijo, podrán presentar el aviso hasta el 17 del mes siguiente para aplicar el estímulo de IVA, así como anexar las declaraciones complementarias donde se observe que se corrigen los efectos aplicados a las facturas electrónicas de contribuyentes que se encuentren en la lista por operaciones inexistentes.

También se podrá aplicar el beneficio a partir de que obtengan el acuse de recibo de conformidad con la ficha de trámite 4/DEC-10 “Aviso para aplicar el estímulo fiscal del IVA en la región Fronteriza Norte”. Y no desde el 1 de enero como lo decía la regla 11.11.11, eso si este punto no cambia para quienes presentaron el aviso a más tardar el 7 de febrero, a quienes les seguirá aplicando lo que la regla derogada mencionaba.

En cuanto al Impuesto Sobre la Renta (ISR) éste ya no afecta en la solicitud de este beneficio el que se tengan otros estímulos e incluso se especificó una lista de 10 estímulos que podrán convivir con el de ISR.

Este 31 marzo, señaló el funcionario, vence el plazo para la solicitud del estímulo del ISR, además de que la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, ha recibido al menos una docena de iniciativas que proponen que la reducción del IVA e ISR en la Frontera Norte sean incluidas en las leyes en la materia, para dar seguridad jurídica a los inversionistas, y que la medida no se limite a un decreto que sólo tiene validez para este año y el próximo. 

Sobre este tema,  es fundamental para las empresas de la Frontera Norte tener dicha certeza para poder competir con el mercado de Estados Unidos, puntualizó de Stéffano.

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