MÉXICO DF 6 DE MARZO DE 2013 (lasillarota.com).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las expresiones homofóbicas y el discurso consistente e inferir que la homosexualidad no es una opción sexual válida sino una condición de inferioridad constituyen manifestaciones discriminatorias.
Al aprobar el amparo directo en revisión, donde se aprobó por mayoría un proyecto presentado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, el máximo tribunal del país resolvió este asunto, donde se analizó, por primera vez, las dificultades para definir el límite entre la libertad de expresión y las manifestaciones discriminatorias, en específico, las expresiones homofóbicas.
La Primera Sala de la SCJN también refirió que las manifestaciones homofóbicas son un categoría de discursos de odio, mismos que se caracterizan por provocar o fomentar el rechazo hacia un grupo social y mediante las expresiones de menosprecio e insulto que contienen y generan sentimientos de hostilidad contra personas o grupos.
Por lo anterior, la Suprema Corte determinó que las expresiones empleadas en el caso concreto del estudio, consistentes en las palabras “maricones” y “puñal”, fueron ofensivas.
Adicionalmente, la Primera Sala de la Suprema Corte, resolvió "que dichas expresiones fueron impertinentes, pues su empleo no era necesario para la finalidad de la disputa que se estaba llevando a cabo, relativa a la crítica mutua entre dos periodistas de la ciudad de Puebla".