TIJUANA BC 26 DE MARZO DE 2021 (AFN).- El Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC) ratificó que es improcedente la solicitud de referéndum constitucional sobre el dictamen 74 aprobado por el Congreso Estatal, mediante el cual se autoriza que aquellos aspirantes a puestos de elección popular, a munícipes o diputados, no se separen del cargo para buscar la reelección.
Durante la décimo tercera sesión pública no presencial, los magistrados resolvieron el recurso de inconformidad RI-24/2021 y RI-27/2021 acumulado, y confirmaron el dictamen 10 aprobado por el Instituto Estatal Electoral (IEEBC).
En este último, el órgano electoral de Baja California determinó la improcedencia para la vida pública del Estado la solicitud de referéndum constitucional.
En la sesión virtual, los Magistrados electorales consideraron que un grupo de ciudadanos solicitó someter a referéndum constitucional el decreto 74 emitido por el Congreso del Estado mediante el cual se estableció que no sería necesario que el funcionario interesado en ser electo diputado o munícipe de manera consecutiva, solicite licencia para separarse del cargo.
El citado dictamen 74 fue controvertido por partidos políticos, ciudadanos y la Coparmex, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), afirmando que se trataba de un acto inconstitucionalidad.
Los quejosos convocaron a la recolección de firmas ciudadanas en el verano de 2020, en plena pandemia, y lograron reunir los requisitos legales para solicitar al IEEBC llevar a cabo el referéndum constitucional para conocer la opinión de los ciudadanos sobre esta reforma legal conocida como “Ley Gandalla”.
El Instituto Estatal Electoral y el TJEBC desecharon el referéndum y por lo tanto, queda vigente la norma para que los alcaldes y munícipes busquen la reelección sin separarse del cargo.