Sociedad de Historia de Tijuana
Por Rafael Z. Flores*
TIJUANA BC A 17 DE OCTUBRE DE 2021.- El día ocho de octubre de dos mil veintiuno, se cumplieron 160 años, desde que, a don Juan Machado, finalmente un juez le diera posesión definitiva de propiedad del sitio y rancho llamándose: “San Miguel del Descanso”, ejecutando con ello su propia sentencia en el juicio de denuncia que se siguiera en el Juzgado Constitucional en el Partido Norte de la Baja California, ubicado en San Antonio de las Minas.
Hechos y actos que se hacen constar en el Legajo No. L-10/u-79, documento 809 que, en copia certificada, obra en el Archivo Histórico de Baja California Sur, Pablo L. Martínez.
Historia ésta, que diera comienzo en el Pueblo de San Diego, hoy de Alcalá, cuando, se ordena el inicio de las diligencias de posesión, a que concluyan con la entrega del polígono, el cual, el gobernador, don Pío Pico, concediera por seis sitos de ganado mayor, con fecha veintisiete de enero de mil ochocientos cuarenta y seis al solicitante Juan Machado. Y el veintiocho de agosto de ese mismo año, se ordenaba la forma en que se le daría posesión, una vez que se midieran y se fijaran los vértices, si no hubiera oposición de colindantes. Según las actas con las que se acreditaran tales hechos.
Son de resaltarse estas cuestiones históricas, que, en los actos de colonización de las Californias, qué cuando, dando cumplimiento a “Las Ordenanzas del Conde José de Gálvez”, los gobernadores políticos, aún ya, en el México Independiente, éstas, seguían siendo fundamento de los actos de gobierno tendientes a fomentar que los rancheros que trabajaban nuestros desolados campos adquirieran la titularidad de aquellas tierras labrantías y ganaderas que tenían en explotación y poblamiento.
Así, como en el anexo para acreditar la posesión, del expediente Legajo No. L-10/u-79, documento 809 referido, aparecen cinco fojas fechadas el veintiocho de agosto de mil ochocientos cuarenta y seis, que corresponden al acuerdo sobre las diligencias de deslinde, ejecución y mesura de “San Miguel del Descanso”.
Dichos documentos, nos remiten a conocer las prácticas procedimentales que se llevaban a cabo, para proceder a los deslindes de esos enormes predios, con todas las solemnidades protocolarias que en aras de la formalidad y la legitimidad se daban, y cómo, se cumplieron en su momento, para el caso que nos ocupa.
Vemos que, en aquella diligencia, intervinieron, claro, don Santiago Argüello, ciudadano juez 1º de Paz y de Primera Instancia del pueblo de San Diego, que así lo dispone, manda y firma, en papel común, por falta del papel sellado para ese año, con los testigos de asistencia, señores: don José Antonio Arguello y don José Antonio Góngora. Ordenándose también, citar al mayordomo de Guadalupe, quien puso a Góngora como representante de los colindantes, que no opusieron resistencia.
Estas, se iniciaron el cinco de septiembre de mil ochocientos cuarenta y seis, con la presencia del propio juez, que, con la ayuda de dos oficiales cordeleros, durante varios días hicieron los recorridos duplicados de los seis sitios de ganado mayor concedidos, ordenándose los puntos de amojonamiento, y una vez concluidas las diligencias, se dio fin con las firmas de los autos, por todos los que en ella intervinieron. Siendo esto último el día ocho de septiembre de mil ochocientos cuarenta y seis, y expidiendo copia certificada, para uso del interesado con fecha once de septiembre de mil ochocientos cuarenta y seis. En un documento de papel común, por no haber de sello, con las rúbricas de los citados. En testimonio de verdad.
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* El autor es miembro de la Sociedad de Historia de Tijuana, A.C. y de la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística, correspondiente a Tijuana, B. C.
Esta columna no refleja la opinión de Agencia Fronteriza de Noticias, sino que corresponde al punto de vista y libre expresión del autor.